Externalizar la tramitación de herencias en Valencia: guía completa para abogados y asesores

Si trabajas en un despacho de abogados, asesoría fiscal o inmobiliaria, seguro que ya conoces el esfuerzo que supone tramitar una herencia de principio a fin: coordinación con herederos, papeles que no llegan, impuestos autonómicos que pueden cambiar cada año, plazos que corren… ¡y todo mientras tu cliente te exige rapidez y claridad!

Por eso mismo, externalizar la tramitación de herencias en Valencia se convierte en una jugada inteligente: tú te centras en asesorar y facturar; y un partner especializado como nosotros hace por ti el “trabajo sucio”. Todo esto sin que pierdas el control del cliente y sumando una comisión directa.

 

¿Qué significa externalizar una herencia?

 

Imagina que cada expediente sucesorio es un viaje con cinco paradas; y que, en lugar de conducir tú todo el camino, subcontratas a un chofer experto y te relajas en el asiento trasero. Ese chofer es Heredatem. Y estos son los caminos que conducimos por ti:

  1. Documentación inicial. Solicitamos certificados de defunción, últimas voluntades, seguros y notas simples del Registro. Las notas simples suelen estar listas en unas 24 h; el resto de certificados, no tienen plazo fijo (su recepción depende del Registro Civil o del Ministerio de Justicia y del volumen de trabajo que tengan en ese momento). 
  2. Inventario y valoración patrimonial. Tasamos los inmuebles con el valor de referencia catastral vigente a la fecha del fallecimiento. Si los herederos no se ponen de acuerdo, la tasación formal puede aplazarse y encargarse después a peritos colaboradores. 
  3. Fiscalidad autonómica y municipal.
  • Rellenamos, pagamos y presentamos el Modelo 650 telemático y, si lo necesitas, pedimos la prórroga de seis meses (debe solicitarse dentro de los cinco primeros meses) .
  • Calculamos la plusvalía municipal comparando el método objetivo (valor catastral por coeficiente oficial) con el método real (plusvalía efectiva) y elegimos el más favorable .

4. Gestión notarial y firmas. Preparamos la escritura de adjudicación o redactamos el documento privado, coordinamos las firmas y resolvemos al vuelo los “puntos calientes” que surgen entre herederos.

5. Registro de la Propiedad y post-venta. Presentamos y retiramos la escritura de herencia, obteniendo la nota simple a nombre de los herederos. Si, una vez inscritos los bienes, los coherederos quieren explorar una salida —venta a tercero o extinción de condominio— analizamos las opciones fiscales y procedimentales antes de iniciar cualquier trámite.

  1. Ventajas directas para tu despacho
  • Hasta 20 horas ahorradas por expediente estándar (son horas que vuelven a tu facturación de asesoramiento).
  • Cero curva de aprendizaje frente a normativas autonómicas que cambian cada cierto tiempo.
  • Comisión inmediata. Dependiendo del formato, hablamos de un 10–20 % de nuestros honorarios.
  • Experiencia premium para tu cliente. Un solo interlocutor experto y un canal de seguimiento online.

Todo lo que puedes externalizar, paso a paso

1.  Documentación preliminar: menos trámites, menos estrés

Con los certificados electrónicos pertinentes, reunimos: defunción, últimas voluntades, seguros de vida, libro de familia y localización de inmuebles. Un abogado junior suele invertir tres o cuatro horas aquí; con nosotros, tú las recuperas para tareas de mayor margen.

2.  El inventario que evita sorpresas fiscales

  • Valor de referencia catastral a fecha de fallecimiento o valor de tasación.
  • Vehículos y acciones. Cotización oficial o valor fiscal publicable.
  • Pasivo deducible. Hipotecas pendientes, préstamos personales, gastos funerarios… Todo lo que la Generalitat admite restar al caudal hereditario.

3.  Impuesto sobre Sucesiones (Modelo 650)

En la Comunitat Valenciana, el plazo legal es de seis meses —prorrogables otros seis con intereses, pero la prórroga sólo se admite si la pides dentro de los cinco primeros meses.

Además, en 2025 volvemos a tener bonificaciones estrella: descendientes directos y cónyuges disfrutan de reducciones y bonificaciones que pueden alcanzar el 99 % de la cuota, siempre que concurran requisitos de edad y parentesco.

Nosotros calculamos la cuota exacta, generamos la carta de pago y, si procede, solicitamos aplazamiento o fraccionamiento.

4.    Plusvalía municipal 2025: puedes pagar lo mínimo

Desde la reforma que siguió a la sentencia del Constitucional de 2021, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) –la llamada plusvalía municipal– se puede liquidar de dos formas y el heredero tiene derecho a elegir la más barata.

  • Método objetivo. Se toma sólo el valor catastral del suelo y se multiplica por el coeficiente oficial que publica el Estado cada 1 de enero (el Ayuntamiento puede rebajarlo). Después se aplica el tipo impositivo municipal –en Valencia ronda el 29 %– y se obtiene la cuota.
  • Método real. Se calcula la ganancia efectiva entre lo que pagó el causante cuando compró y el valor que los herederos declaran ahora en la herencia. Si el resultado es negativo (piso que hoy vale menos que en 2008, por ejemplo), la cuota es cero; si es positivo, se aplica el mismo tipo municipal sobre esa diferencia real.

Nosotros hacemos los dos cálculos y presentamos telemáticamente el más bajo para tu cliente.

5.  Escritura y registro: de la notaría al folio inscrito

Nos encargamos de coordinar agendas con todos los herederos, preparamos la escritura y, una vez firmada, gestionamos el despacho registral. En Valencia capital estamos viendo tiempos medios de inscripción de quince a veintiún días. Cuando sale la nota simple, entregamos un PDF con copia autorizada, justificantes de impuestos y asiento registral.

¡Expediente cerrado, cliente feliz! 😉

 

Cómo gana tu despacho externalizando este trabajo con Heredatem

No necesitas descifrar fórmulas complejas ni renegociar cada caso: disponemos de tres esquemas de colaboración que se adaptan al tamaño de la herencia y al grado de implicación que desees.

  1. Encargo individual. Para las herencias más sencillas (pocos bienes, sin conflictos…). rEl expediente se deriva caso por caso y se liquida una contraprestación previamente acordada, sin trámites adicionales para el despacho.
  2. Modelo progresivo. Para cuando el patrimonio sube de nivel (varios inmuebles, sociedades, caudal elevado…). La retribución se ajusta de forma proporcional a la complejidad y al tiempo de gestión que exige el expediente, de modo que el despacho mantiene un retorno coherente con el valor del trabajo delegado.
  3. Colaboración en marca blanca. Para despachos que prefieren presentar el servicio como propio. Se establece un convenio anual y un esquema de remuneración por volumen, manteniendo la imagen corporativa del despacho ante sus clientes.

Dos casos reales que demuestran que esto es un win-win

Te vamos a contar dos casos reales que refuerzan nuestra convicción de que externalizar la tramitación de herencias es una muy buena opción para abogados y asesores.

  1. Despacho fiscal con tres socios que nos ha derivado 18 herencias. Ha liberado más de 300 horas de trabajo (en las que ha podido trabajar en otros asuntos) y ha cobrado sus comisiones por cada caso cerrado. En resumidas cuentas: ha recuperado tres veces su inversión en menos de nueve meses.
  2. Una inmobiliaria especializada en ventas post-herencia. Al externalizar la tramitación, ha podido adelantar la comercialización de los inmuebles dos o tres meses. Beneficio doble: comisión por nuestra parte y comisión de venta obtenida antes de cerrar el trimestre fiscal.

Preguntas frecuentes (FAQ) sobre externalizar la tramitación de herencias

¿Perderé la relación con mi cliente?

No. Somos tu equipo interno. Podemos usar tu dominio de correo e informarte de cada hito de manera que seas siempre la cara visible.

 

 ¿Qué pasa si el expediente se complica por un conflicto familiar?

Te avisamos de inmediato. A partir de ahí, te los derivamos para que los gestiones tú —o, si lo prefieres, mediamos bajo tu supervisión.

 

¿Puedo delegar solo la parte fiscal?

Claro. Ofrecemos módulos independientes: solo impuestos, solo notaría, solo registro o el pack completo. ¡Escríbenos y lo concretamos!

 

¿Qué garantía tengo de que no habrá errores fiscales?

Todos los expedientes pasan una doble revisión interna (fiscal y registral) y están cubiertos por un seguro de RC profesional. Si la Administración requiere una subsanación atribuible a nuestra gestión, la asumimos sin coste para el despacho ni para el cliente.

 

¿Qué ocurre si la familia necesita vender rápido?

Cuando todos los herederos están de acuerdo, la vía más ágil es vender el inmueble a través de una inmobiliaria. Se tramita como cualquier compraventa estándar, sin complicaciones jurídicas añadidas.

Si hay desacuerdo —uno quiere vender y otro no— entra en juego el art. 400 del Código Civil. Este precepto permite solicitar judicialmente la división de la cosa común, lo que suele desembocar en subasta o venta forzosa.

Existe además la posibilidad de que uno de los coherederos adquiera la parte de los demás. En tal caso se firma una extinción de condominio ante notario. Así:

  • El coheredero que se queda compensa al resto en metálico.
  • La operación tributa al 1,5 % por Actos Jurídicos Documentados en la Comunitat Valenciana, en lugar del 10 % que pagaría si la operación se articulara como compraventa sujeta a ITP.

En todos los supuestos evaluamos costes, plazos y conveniencia antes de iniciar el procedimiento.

 

¿Trabajáis fuera de la Comunitat Valenciana?

Nuestra sede está en Valencia, pero tramitamos herencias en todo el territorio nacional. Adaptamos cada expediente a la normativa autonómica correspondiente.