El ajuar doméstico es un concepto clave en el Impuesto de Sucesiones, pero en muchos casos, su cálculo estándar puede ser injusto y elevar innecesariamente la carga fiscal de los herederos. Por defecto, se aplica un 3% del valor total de la herencia para calcular el ajuar doméstico, salvo prueba en contrario. Sin embargo, los herederos pueden impugnar este cálculo si consideran que no refleja la realidad.
A continuación te explicamos por qué podrías querer impugnar el cálculo del ajuar doméstico en una herencia, cómo hacerlo y qué beneficios fiscales puede suponer esta gestión.
¿Qué es el ajuar doméstico y cómo se calcula?
El ajuar doméstico comprende los bienes de uso cotidiano del fallecido, como pueden ser muebles y enseres personales, electrodomésticos o ropa, menaje del hogar y otros objetos personales.
Según la normativa vigente, salvo prueba en contrario, el ajuar doméstico se valora en el 3% del total de la herencia. Esto significa que si una herencia está valorada en 500.000 €, automáticamente se calcula que el ajuar tiene un valor de 15.000 €, y este importe se suma a la base imponible del Impuesto de Sucesiones.
Sin embargo, este cálculo puede no reflejar la realidad y perjudicar a los herederos. Por eso, el Tribunal Supremo ha aclarado que no todos los bienes forman parte del ajuar doméstico, permitiendo a los herederos impugnar la aplicación automática del 3%.
¿Por qué podrías querer impugnar el ajuar doméstico en una herencia?
Pues es una pregunta poco común, pero existen varias razones por las que los herederos pueden impugnar el cálculo del ajuar doméstico y reducir su impacto en la liquidación de impuestos.
1️⃣ Si el fallecido no tenía ajuar doméstico relevante
No todas las personas dejan bienes de uso cotidiano en su herencia. Algunos ejemplos en los que el ajuar doméstico puede ser inexistente o de valor mínimo incluyen:
- Fallecidos que vivían en una residencia geriátrica durante sus últimos años.
- Personas que vendieron sus muebles y objetos personales antes de fallecer.
- Situaciones en las que el fallecido residía en casa de un familiar y no tenía bienes propios de uso doméstico.
📌 Ejemplo real: Un hombre fallece dejando una herencia de 600.000 €, compuesta exclusivamente por cuentas bancarias y acciones. Sin embargo, el cálculo automático del 3% establece que el ajuar doméstico tiene un valor de 18.000 €, aunque en realidad no existen bienes de este tipo. En este caso, impugnar el cálculo permitiría evitar un pago de impuestos innecesario sobre esos 18.000 € ficticios.
2️⃣ Si la mayor parte de la herencia son activos financieros o bienes de inversión
Recuerda que el ajuar doméstico solo debería aplicarse a bienes de uso personal, no a:
- 🚫 Acciones y fondos de inversión
- 🚫 Dinero en cuentas bancarias
- 🚫 Obras de arte de colección o inversión
- 🚫 Propiedades de alquiler o locales comerciales
📌 Ejemplo real: Una persona fallece y deja una herencia valorada en 1.000.000 €, de los cuales 800.000 € son acciones y cuentas bancarias. Aplicar el 3% supondría un ajuar doméstico de 30.000 €, cuando en realidad esos bienes no deberían considerarse como tal. Si los herederos impugnan el cálculo, podrían ahorrar impuestos sobre esos 30.000 € injustificados.
3️⃣ Si el cálculo estándar sobrevalora los bienes de uso doméstico
El Tribunal Supremo ha dejado claro que el ajuar doméstico no debe incluirse automáticamente en el 3% del total de la herencia, sino que debe aplicarse solo a los bienes que realmente cumplen esta función.
📌 Ejemplo real: Si un fallecido deja una casa con muebles antiguos valorada en 10.000 €, pero su herencia total asciende a 700.000 €, el cálculo estándar asignaría 21.000 € como ajuar doméstico, cuando en realidad su valor real es menor.
Impugnar esta cifra permitiría a los herederos pagar menos impuestos, reflejando el valor real de los bienes de uso doméstico.
4️⃣ Si quieres reducir la base imponible del Impuesto de Sucesiones
El ajuar doméstico se suma a la base imponible del Impuesto de Sucesiones, por lo que reducir su valoración puede traducirse en un ahorro fiscal significativo.
📌 Ejemplo real: En una Comunidad Autónoma con un tipo impositivo del 10% en sucesiones, reducir el ajuar doméstico de 20.000 € a 5.000 € supondría un ahorro de 1.500 € en impuestos.
Para herencias más grandes, esta diferencia puede ser aún más notable, por lo que impugnar el ajuar doméstico puede ser una estrategia clave para optimizar la carga fiscal.
Impugnar el ajuar doméstico puede ahorrarte impuestos
El ajuar doméstico es un concepto que puede aumentar innecesariamente la carga fiscal de una herencia, pero no siempre debe aceptarse el cálculo estándar del 3%. Si los bienes heredados no incluyen un ajuar doméstico significativo o si la mayor parte del patrimonio está compuesto por activos financieros, los herederos pueden impugnar su valoración y pagar menos impuestos.
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